El testamento ológrafo es la forma más sencilla y económica de disponer de sus bienes para después de su muerte en la República Dominicana. No requiere notario ni testigos, no tiene costo alguno de otorgamiento y usted puede modificarlo cuando quiera. Su base legal es el artículo 970 del Código Civil dominicano, que exige solo tres condiciones: que esté escrito por entero, fechado y firmado de puño y letra del testador.
En esta guía encontrará varios modelos de testamento ológrafo pensados para copiarse a mano, una lista de comprobación de los requisitos legales y los errores que lo invalidan. Recuerde: un testamento ológrafo escrito a computadora o a máquina de escribir es nulo, aunque lleve su firma manuscrita.
Qué es el testamento ológrafo
El Código Civil dominicano, de raíz napoleónica, reconoce en su art. 969 tres formas de testar: el ológrafo, el hecho por acto público (auténtico) y el místico o secreto. El ológrafo es el único que el testador redacta por sí mismo, en privado, sin intervención de terceros. Es la opción preferida por quien busca sencillez, confidencialidad y libertad para cambiar de opinión.
A diferencia del testamento auténtico, el ológrafo no se firma ante notario ni ante testigos. Su fuerza probatoria descansa por completo en la letra y la firma del testador, que deberán verificarse tras el fallecimiento.
Modelos de testamento ológrafo para copiar a mano
Los modelos siguientes cubren las situaciones más frecuentes. Adáptelos a su situación personal antes de copiarlos a mano. Los datos en cursiva son marcadores que usted debe sustituir por sus datos reales.
Modelo 1: heredero único (sin descendientes)
Modelo — testador sin hijos
Testamento Ológrafo
En Santo Domingo, a 15 de febrero de 2026.
Yo, nombres y apellidos completos, dominicano/a, mayor de edad, portador/a de la cédula de identidad y electoral número 000-0000000-0, domiciliado/a en calle, número, sector, ciudad, en pleno uso de mis facultades mentales, otorgo el presente testamento ológrafo y revoco expresamente cualquier disposición testamentaria anterior.
Instituyo como mi heredero/a universal a nombres y apellidos, cédula, a quien dejo la totalidad de la porción de mis bienes de la que puedo disponer libremente conforme a la ley.
En caso de que dicha persona fallezca antes que yo, renuncie o no pueda recibir, le sustituye nombres y apellidos del sustituto.
Escrito, fechado y firmado enteramente de mi puño y letra:
Firma manuscrita
Modelo 2: con hijos (respetando la reserva hereditaria)
Si tiene hijos, no puede disponer libremente de todos sus bienes: la ley les reserva una parte (arts. 913 y siguientes). Solo puede repartir la porción disponible. El modelo siguiente reparte esa porción y respeta la reserva de los descendientes.
Modelo — testador con hijos
Testamento Ológrafo
En Santiago de los Caballeros, a 15 de febrero de 2026.
Yo, nombres, apellidos y cédula, padre/madre de número hijos llamados nombres, en pleno uso de mis facultades, dispongo lo siguiente y revoco todo testamento anterior:
1) Declaro que mis hijos antes nombrados son mis herederos reservatarios y que la reserva hereditaria que la ley les atribuye queda íntegramente respetada.
2) De la porción de la que puedo disponer libremente conforme al art. 913 del Código Civil, dispongo a favor de cónyuge, un hijo en particular, u otra persona lo siguiente: describa el bien, la cantidad o la cuota.
3) El resto de mis bienes se repartirá entre mis hijos por partes iguales, con derecho de representación a favor de los descendientes de cualquiera que fallezca antes que yo.
Escrito, fechado y firmado enteramente de mi puño y letra:
Firma manuscrita
Modelo 3: con legados específicos
Modelo — herederos con legados
Testamento Ológrafo
En ciudad, a fecha completa. Yo, nombres, apellidos y cédula, dispongo, dentro de la porción de la que puedo disponer libremente:
Primero. Lego a mi sobrina nombre y cédula la suma de RD$ monto, a tomar de la cuenta bancaria número número.
Segundo. Lego a nombre el vehículo marca descripción y matrícula.
Tercero. En todo lo demás, respeto íntegramente la reserva hereditaria de mis descendientes.
Escrito, fechado y firmado de mi puño y letra:
Firma manuscrita
Requisitos del art. 970 (lista de comprobación)
- Escrito por entero de puño y letra: ni una sola palabra puede estar mecanografiada, impresa o escrita por otra persona.
- Fecha completa: día, mes y año. La fecha permite saber cuál es el último testamento y comprobar la capacidad del testador ese día. Su omisión es causa de nulidad.
- Firma manuscrita del testador, preferiblemente al final del documento.
- Mayoría de edad y pleno uso de las facultades mentales.
- Claridad: identifique a los beneficiarios con nombre, apellidos y cédula, y describa los bienes de forma precisa.
Dónde guardarlo
En la República Dominicana no existe un registro central de últimas voluntades. El testamento surte efecto solo si aparece tras el fallecimiento. Por eso conviene:
- Guardar el original en un lugar seguro (caja fuerte, archivo personal).
- Informar a una persona de confianza del lugar exacto de conservación.
- Si desea mayor seguridad, depositar el original ante un notario, que lo conservará. Los honorarios notariales por el depósito los fija el notario.
Errores que anulan un testamento ológrafo
- Escribirlo a computadora o a máquina de escribir. Nulo aunque esté firmado a mano.
- Omitir la fecha o dejarla incompleta.
- No firmarlo.
- Dictarlo a otra persona que lo escribe: debe ser de puño y letra del testador.
- Invadir la reserva hereditaria de los hijos sin dejar margen a su reducción.
- Designar beneficiarios de forma vaga ("a quien me cuide") sin poder identificarlos.
- Guardarlo donde nadie pueda encontrarlo.
- Olvidar revocar testamentos anteriores, que pueden entrar en conflicto.
Preguntas frecuentes
¿Sirve cualquier papel?
Sí. La ley no exige un soporte especial. Lo que se exige es que todo el texto esté escrito a mano por el testador, con fecha y firma.
¿Necesito testigos al firmarlo?
No. El testamento ológrafo se otorga sin testigos y sin notario. La verificación de la letra y la firma se hace después del fallecimiento, cuando se apertura la sucesión.
¿Cómo lo modifico?
Escriba uno nuevo que revoque expresamente el anterior, o destruya el original si desea dejarlo sin efecto. El testamento es libremente revocable hasta la muerte.
Tengo hijos, ¿puedo dejarlo todo a una sola persona?
No. La ley reserva a los descendientes una parte de la herencia (la reserva hereditaria). Solo puede disponer libremente de la porción disponible. Lo que exceda de ella podrá ser reducido a petición de los reservatarios.
¿Puedo imprimir el borrador y firmarlo?
No como testamento ológrafo. Un documento impreso o mecanografiado no cumple el art. 970. Debe copiarlo íntegramente a mano. Si prefiere no escribir a mano, la alternativa es el testamento auténtico ante notario.
Próximos pasos
Si su situación es ordinaria (familia, vivienda y ahorros), el testamento ológrafo es la vía más práctica. Antes de redactarlo, entienda cuánto le corresponde a cada quien leyendo la legítima y la porción disponible y quiénes son sus herederos forzosos. Para el paso a paso completo, vea cómo hacer testamento en RD. El texto del Código Civil dominicano puede consultarse en el portal de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.